
Mete lo que facturas y lo que gastas al año, y te digo cuánto te va a tocar pagar de IRPF: en la declaración de la renta y en cada modelo 130 trimestral.
Dentro de AutónomoPro no tienes que estimar nada: el modelo 303 y el modelo 130 se calculan con tus facturas y tus gastos reales, se actualizan cada vez que emites una factura y Pro te avisa antes de cada plazo. Además te dice qué gastos te estás dejando sin deducir.
Probarlo gratis 7 días →La pregunta que todo el mundo hace es «¿qué porcentaje de IRPF paga un autónomo?», y la respuesta incómoda es que no existe un porcentaje fijo. El IRPF es un impuesto progresivo: no se aplica un tipo único a todo lo que ganas, sino que tu beneficio se va troceando en tramos y cada tramo tributa a un tipo distinto.
Hacienda no te cobra por lo que facturas, sino por lo que te queda. El punto de partida es:
Ese resultado es el rendimiento neto, y es la cifra sobre la que se construye todo lo demás. Por eso registrar bien los gastos no es burocracia: cada euro deducible que no apuntas es un euro por el que acabas tributando.
Sobre el rendimiento neto se aplica la escala general del IRPF, que a día de hoy funciona con estos tramos de referencia:
Aquí está el malentendido más común: si ganas 21.000 €, no pagas el 30 % de 21.000 €. Pagas el 19 % de los primeros 12.450 €, el 24 % de la franja siguiente y el 30 % solo de los 800 € que se pasan de 20.200 €. Por eso tu tipo efectivo —lo que realmente pagas sobre el total— siempre es bastante más bajo que el tramo en el que «estás».
Ten en cuenta que la mitad de esa escala es autonómica y cada comunidad puede modificarla, así que tu resultado real varía según dónde tributes.
El IRPF no se paga de golpe en junio. A lo largo del año lo vas adelantando de dos formas: con las retenciones que tus clientes empresa te descuentan en cada factura (normalmente un 15 %, o un 7 % durante los tres primeros años de actividad) y con los pagos fraccionados del modelo 130. Cuando llega la declaración de la renta se hace la cuenta final: si has adelantado de más, te devuelven; si te has quedado corto, pagas la diferencia.
El modelo 130 es el 20 % de tu rendimiento neto acumulado desde enero, restando lo que ya ingresaste en trimestres anteriores y las retenciones que te han practicado. Se presenta cuatro veces al año: en abril, julio, octubre y enero.
Hay una excepción que mucha gente desconoce: si al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención de IRPF, no estás obligado a presentarlo. Hacienda ya está cobrando por adelantado a través de tus facturas.
No hay trucos, hay disciplina. La mayoría de autónomos paga de más simplemente porque pierde tickets o no se acuerda de apuntar gastos pequeños que sí eran deducibles. Suministros del local, telefonía e internet, formación relacionada con tu actividad, software, seguros, cuotas de colegios profesionales, asesoría, dietas dentro de los límites legales, o el porcentaje de la vivienda que usas como despacho si lo tienes declarado.
Un gasto de 60 € al mes que se te olvida apuntar son 720 € al año de rendimiento neto de más. Si estás en el tramo del 30 %, son 216 € que le regalas a Hacienda por desorden.
Esta es la escala general de referencia. Funciona por tramos: cada franja de tu rendimiento neto tributa a su tipo, no todo al tipo del tramo más alto.
| Rendimiento neto | Tipo |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| De 12.450 € a 20.200 € | 24 % |
| De 20.200 € a 35.200 € | 30 % |
| De 35.200 € a 60.000 € | 37 % |
| De 60.000 € a 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
La mitad de esta escala es autonómica y cada comunidad puede modificar su parte, así que tu tipo real varía según dónde tributes.
Es la pregunta que más se hace, y la respuesta sorprende a casi todo el mundo: el tipo efectivo es bastante más bajo de lo que la gente cree. Estos ejemplos suponen unos gastos deducibles del 20 % de los ingresos, 3.600 € de cuota de autónomos al año, estimación directa simplificada y ninguna retención soportada.
| Facturas al año | Rend. neto | IRPF del año | Tipo efectivo | Mod. 130 / trim. |
|---|---|---|---|---|
| 20.000 € | 11.780 € | 1.184 € | 5,9 % | 589 € |
| 30.000 € | 19.380 € | 2.974 € | 9,9 % | 969 € |
| 40.000 € | 26.980 € | 5.205 € | 13,0 % | 1.349 € |
| 50.000 € | 34.580 € | 7.485 € | 15,0 % | 1.729 € |
| 60.000 € | 42.400 € | 10.335 € | 17,2 % | 2.120 € |
Fíjate en lo que pasa: quien factura 40.000 € «está en el tramo del 30 %», pero en realidad paga un 13 % efectivo. Y si tus gastos deducibles superan ese 20 % que hemos supuesto, pagas todavía menos. Sube arriba y prueba con tus números reales.
Cada euro que deduces baja tu rendimiento neto y, con él, tu IRPF y tu modelo 130. Los gastos deducibles más habituales son:
El problema nunca es saber que son deducibles: es acordarse de apuntarlos y guardar el justificante. Por eso registrar el gasto en el momento, con una foto del ticket, acaba valiendo más que cualquier truco fiscal.
Si domicilias el pago, el plazo se acorta unos días. Comprueba siempre el calendario del contribuyente de la AEAT del año en curso.
No hay un porcentaje fijo. Se calcula sobre el rendimiento neto —ingresos menos gastos deducibles menos la cuota de autónomos— con una escala progresiva que va del 19 % al 47 %. Un autónomo que gane 25.000 € netos suele acabar con un tipo efectivo en torno al 20 %, no del 30 %, porque solo la última franja tributa al tipo alto.
Es el pago fraccionado trimestral del IRPF. Ingresas el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, restando lo pagado en trimestres anteriores y las retenciones soportadas. Se presenta en abril, julio, octubre y enero, y lo que pagas ahí se descuenta después en la declaración de la renta.
No si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevaron retención de IRPF. Es el caso típico de quien factura solo a empresas. Si facturas a particulares —que no retienen— sí tendrás que presentarlo.
Sí. La cuota del RETA es un gasto deducible de tu actividad y reduce directamente el rendimiento neto sobre el que se calcula el IRPF. Es de los gastos más importantes que tienes, así que asegúrate de incluirlo siempre.
Un 5 % adicional del rendimiento neto que puedes deducir sin aportar ninguna factura, con un límite de 2.000 € al año. Solo se aplica si estás en estimación directa simplificada, que es el régimen de la gran mayoría de autónomos.
No, y es importante que quede claro. Es una estimación para que te hagas una idea y puedas ir apartando dinero. No incluye tu tramo autonómico concreto, ni deducciones personales, ni otras rentas. Para presentar de verdad tienes que ir a la sede electrónica de la AEAT o hablar con un asesor.
Con carácter general, el 15 % de retención en las facturas que emites a empresas y a otros profesionales. Si acabas de darte de alta, puedes aplicar el 7 % durante el año del alta y los dos siguientes.
A los clientes particulares no se les aplica retención: en esas facturas no pones nada de IRPF.
Lo mismo que cualquier otro: depende de su rendimiento neto, no de si es nuevo. Lo que sí cambia para quien empieza es la retención, que puede ser del 7 % en vez del 15 % durante los tres primeros años.
Ojo: retener menos no significa pagar menos. Solo significa que adelantas menos durante el año y que en la declaración de la renta te tocará poner más de tu bolsillo.
No. El IRPF se calcula sobre el rendimiento neto, así que si tus gastos deducibles superan a tus ingresos, no hay base sobre la que tributar.
Eso no te libra de presentar los modelos: el 130 se presenta igualmente, aunque salga a cero o negativo.
El 130 es de IRPF: adelantas parte del impuesto sobre tu beneficio. Ese dinero es tuyo y se te descuenta en la declaración de la renta.
El 303 es de IVA: el IVA que cobras a tus clientes nunca ha sido tuyo, solo lo recaudas para Hacienda. Confundir los dos es el motivo más habitual de sustos al final del trimestre.
En AutónomoPro tu IVA y tu IRPF se calculan solos con tus facturas y tus gastos reales, todo el año. Y cuando toca presentar, Pro te lleva de la mano paso a paso.
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